25 feb 2013

Propuesta Patronal Convenio de Seguridad Privada


Estimados Compañeros y Compañeras:
 
Os adjunto documentos referente a la propuesta realizada por la Patronal del Sector de Seguridad Privada sobre el Convenio Colectivo.

Para intentar una mejor comprensión de qué es lo que significa dicha propuesta, lo primero es delimitar que la misma en cuanto a sus términos económicos se limita al año 2013, es decir, significa no aplicar las tablas de 2013, no produciéndose el incremento del 1,6% pactado, y además conlleva una disminución salarial de 281,99 € en la retribución anual a percibir por un vigilante de seguridad con arma (y proporcionalmente el mismo descuento para otras categorías) que se concreta en las pagas extraordinarias fundamentalmente. De esta forma y hablando del vigilante de seguridad sin arma y sin ningún otro complemento (antigüedad, nocturnidad,… ) se pasaría a percibir la cantidad bruta mensual de 1086,11 € en 12 mensualidades y de 916,06 € en 3 pagas extras por los 1070,90 en 15 mensualidades que se vienen percibiendo.

En materia de jornada se modificarían los arts. 41 y 42 en los términos del documento que se acompaña, siendo en esencia el establecimiento de una horquilla entre 144 y 176 horas mensuales consideradas como jornada ordinaria siempre con el límite anual de las 1782, al tiempo que se introducirían de forma progresiva los cuadrantes anuales en los servicios.

Del mismo modo se recogen las demandas sindicales respecto a que la renegociación ha de servir para mantener un marco normativo uniforme en torno al Convenio Colectivo Estatal, evitando en la medida de lo posible otras actuaciones que dejen sin efecto práctico el Convenio Estatal.

Se establecería una ultractividad sin límite en el Convenio Colectivo Estatal de tal modo que el mismo seguirá vigente en todo su contenido hasta la firma de un nuevo convenio colectivo, garantizando por esta vía el mantenimiento sin límite del derecho a la subrogación que como sabemos resulta vital para el sector, así como el resto de aspectos normativos laborales y económicos.

Entre esas medidas se incorpora la consistente en que el trabajador que vea extinguido su contrato por causa no imputable al mismo va a recuperar las cantidades que como consecuencia de este acuerdo se detraerían, es decir, percibiría la retribución completa de la tabla salarial del 2013 incluida la subida del 1,6% por el periodo transcurrido desde enero hasta su cese.

Con respecto al tema de la indemnización por despido objetivo por causas económicas se incrementaría por vía de convenio la indemnización legal mínima establecida pasando a ser de 30 días por año con tope de 12 mensualidades, en aquellos supuestos en que aplicando la reforma laboral la Empresa alegue la disminución de ingresos en tres trimestres consecutivos siempre que en la empresa no concurran pérdidas.

Del mismo modo se establece una cláusula penal en el sentido de que si alguna Empresa procede a descolgarse o a negociar un convenio de empresa para establecer condiciones inferiores a las establecidas en el convenio, y sin perjuicio de que puedan ser operativas a partir de su adopción, conllevarán a que dichas Empresas deberán cumplir desde enero hasta tal fecha con la retribución completa de la tabla salarial del 2013 incluida la subida del 1,6% por el periodo transcurrido, debiendo servir como elemento disuasorio de la adopción de tal medida.

Se han comprometido del mismo modo a que en caso de aceptarse esta propuesta en el Convenio se introduciría en su artículo 14 una cláusula de garantía para el supuesto de subrogación a una empresa que aplique unos conceptos económicos inferiores para que los mismos no le sean de aplicación y el trabajador pase a la misma manteniendo las condiciones del Convenio Colectivo Estatal, estando pendiente la redacción definitiva que ha de buscarse no genere problemas a efectos de la Comisión de Defensa de la Competencia.

Con la suscripción de este Acuerdo las Empresas pertenecientes a las Patronales firmantes se comprometen a dejar sin efecto alguno los procedimientos hasta el momento abiertos en relación a la inaplicación de condiciones laborales y negociación de convenios de Empresa.

Con todo lo anterior esperamos que procedáis a un análisis en todas las Organizaciones en el que valorando los pros y los contras de suscribir el acuerdo en los términos de esta propuesta sobre la que no hay objetivamente posibilidad de mejora tal y como ya nos han confirmado desde la Patronal, y tras el mismo nos sea comunicada la valoración de la propuesta.

Recibid un cordial Saludo





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